El 4 de mayo de 2010 entrará en vigor la reforma procesal por la que se implanta la nueva oficina judicial. Tras esa fecha, y según se recoge en las disposiciones transitorias de la Ley 13/2009 Los procesos de declaración que estuvieren en trámite en cualquiera de sus instancias a la entrada en vigor de la presente Ley, se continuarán sustanciando hasta que recaiga sentencia en dicha instancia conforme a la legislación procesal anterior y Los señalamientos efectuados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley seguirán el régimen previsto en la normativa vigente en el momento de acordarse.