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LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL de VV.AA.
LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL

Autore
VV.AA.
Editor
ARANZADI
Isbn
9788499034508
Fecha pub.
2009
Clasificación
Derecho procesal. Procedimiento penal
Precio
€ 12,00

La Ley 13/2009 de 3 de noviembre, aprueba la reforma procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, cuyo objetivo es la racionalización y optimización de los recursos que se destinan al funcionamiento de la Administración de Justicia. Tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el día 4 de noviembre, entrará en vigor el día 4 de mayo de 2010. Después de esa fecha, y según se recoge en las disposiciones transitorias de la Ley «Los procesos de declaración que estuvieren en trámite en cualquiera de sus instancias a la entrada en vigor de la presente Ley, se continuarán sustanciando hasta que recaiga sentencia en dicha instancia conforme a la legislación procesal anterior» y «Los señalamientos efectuados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley seguirán el régimen previsto en la normativa vigente en el momento de acordarse». El operador jurídico deberá, entonces, tramitar procesos bajo dos diferentes regulaciones. Este código recoge la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en sus dos redacciones, antes y después de la reforma, para facilitar al profesional el manejo de la normativa en la práctica procesal. Los artículos, modificados por la Ley 13/2009, se reproducen en sus dos versiones, para distinguir las dos redacciones se presenta en letra cursiva, el texto que entrará en vigor el día 4 de mayo de 2010. Esta modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no cierra los ciclos modificativos de la misma, ya que, como indica el Preámbulo de la Ley 13/2009,: «&, la obsolescencia de las normas contenidas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal ha obligado a realizar una reforma solamente parcial en materia de Oficina judicial a la espera de que se produzca la revisión completa de esta Ley para dar luz a una de nuevo cuño, como ya se hizo en el año 2000 con la Ley de Enjuiciamiento Civil».


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