La legislación vigente sobre Seguridad y Salud en las obras de construcción obliga al promotor a que se incluya en los proyectos de obras un Estudio de Seguridad y Salud. La Dirección General de Carreteras ha estimado conveniente disponer de un instrumento de normalización de los estudios de seguridad y salud que deben integrarse en los proyectos d construcción de carreteras, estableciendo la estructura y los contenidos mínimos a los que ha de atenerse la redacción de los estudios.