On-line store con un amplio catálogo de LIBROS,  Libros en edioma y Puzzle - Textos de diversos géneros, escolares y universitarios -  Posibilidades; de publicar on-line y consultar textos universitarios y apuntes de las clases.
 
 
             
   
¿Tienes dudas, preguntas, consultas? ¡ESCRIBENOS! Estaremos a tu disposición para cualquier información que necesites.
LOG OUT
En esta sección encontrarás respuestas a las preguntas más comunes: modalidad de compra, entrega y envío, plazo de entrega, etc.
Entra en tu carrito...
Entra en tu pozo de los deseos...
¡Haga de Unilibro su página inicial!
Oferta Especial



LA EXENCION DE RESPONSABILIDAD PENAL POR REGULARIZACION EN EL DEL ITO DE DEFRAUDACION A LA SEGURIDAD SOCIAL de BRANDARIZ GARCIA, JOSE ANGEL
LA EXENCION DE RESPONSABILIDAD PENAL POR REGULARIZACION EN EL DEL ITO DE DEFRAUDACION A LA SEGURIDAD SOCIAL

Autore
BRANDARIZ GARCIA, JOSE ANGEL
Editor
Editorial Comares
Isbn
9788484449712
Clasificación
Derecho penal
Precio
€ 18,00

La disposición del art. 307.3 CP, que prevé la exención de responsabilidad por cumplimiento extemporáneo, dentro de determinadas condiciones, de la obligación de cotización objeto del fraude a la Seguridad Social, es seguramente uno de los extremos de la norma tipificadora de tal injusto que más atención ha venido despertando en la doctrina y en los operadores jurídicos 1. Creada por la L.O. 6/1995 (art. 349bis.3 CP 1944/1973), con una redacción casi idéntica a la actual, la disposición objeto de estudio establece: quedará exento de responsabilidad penal el que regularice su situación ante la Seguridad Social, en relación con las deudas a que se refiere el apartado primero de este artículo, antes de que se le haya notificado la iniciación de actuaciones inspectoras dirigidas a la determinación de dichas deudas o, en caso de que tales actuaciones no se hubieran producido, antes de que el Ministerio Fiscal o el Letrado de la Seguridad Social interponga querella o denuncia contra aquél dirigida. La exención de responsabilidad penal contemplada en el párrafo anterior alcanzará igualmente a dicho sujeto por las posibles falsedades instrumentales que, exclusivamente en relación a la deuda objeto de regularización, el mismo pudiera haber cometido con carácter previo a la regularización de su situación.


Vuestros comentarios

Se han encontrado 0 comentarios