A diferencia de otras disciplinas jurídicas, el Derecho del trabajo y de la Seguridad Social no regula, de una forma específica, la forma de exigir responsabilidades a los administradores de las sociedades mercantiles en los casos de impagos de deudas laborales o de Seguridad Social, lo que ha llevado a los tribunales a declarar plenamente aplicable en dicho ámbito lo dispuesto en la Ley de Sociedades Anónimas