Resulta extremadamente difícil dar una definición única y completa de lo que es el dinero, aunque los diversos autores que se han ocupado de ello han intentado resumir de forma comprensiva su concepto. Para aproximarnos al tema conviene subrayar que, hasta el momento, no se ha podido formular ninguna que goce de aceptación general ni desde el punto de vista de la teoría ni del de la investigación empírica. En todo caso, la existencia de diferentes definiciones no es un hecho trivial, pues la aceptación de una u otra condiciona, tanto la comprensión de las diversas teorías, como las recomendaciones y prescripciones de la política monetaria y financiera. Son las funciones que desempeña el dinero en la economía las que mejor nos pueden aproximar a su concepto. Estas funciones son cuatro: medio de pago, depósito de valor, unidad de cuenta y unidad de pago diferido. En realidad, las cuatro están interrelacionadas y su conjunción daría lugar a una definición omnicomprensiva del dinero. En vez de intentarlo, analizaremos con cierto detalle cada una de estas funciones, aceptando como punto de partida una definición jurídica moderna del dinero como un bien jurídico sancionado normativamente por una comunidad social, en cuanto moneda que se intercambia, como una unidad de cuenta con poder adquisitivo y de pago en las relaciones patrimoniales.
