Las recientes intervenciones humanitarias han puesto de manifiesto los límites de la respuesta internacional ante masacres y persecuciones masivas. Por primera vez, el Consejo de Seguridad de la ONU se muestra proclive a autorizar el uso de la fuerza armada para garantizar la distribución de asistencia humanitaria, pero esa disposición no incluye la protección directa de la población perseguida o víctima del conflicto. Según el autor de esta obra, el esfuerzo por garantizar la supervivencia in situ mediante la asistencia obedece principalmente a un propósito inconfesable de evitar o prevenir el desplazamiento masivo a través de las fronteras, visto como amenaza a su seguridad por los Estados vecinos. El problema es hasta dónde la nueva forma de intervención concilia en cada caso las exigencias de seguridad con el respeto a los derechos humanos de la población, y a qué derechos nos referimos. Luis Peral Fernández es profesor de Derecho internacional público en la Universidad Carlos III de Madrid.
