La protección jurídico-civil del consumidor. Su desarrollo normativo. Presupuestos de responsabilidad civil en la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios. Daño resarcible. Esta monografía se corresponde con una visión general y particular sobre protección y responsabilidad en el área consumista, aspectos que configuran una parte del Derecho de Consumo. Dentro del ámbito del mundo occidental, los poderes públicos tienden a implantar una política de protección de los consumidores. Es con la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, de fecha 19 de junio de 1984, cuando se inicia una etapa innovadora en relación con la responsabilidad del productor o fabricante por daños debidos a los productos. Junto a esta Ley marco, en lógica medida, hay una serie de normas de diferentes rangos que condicionan y complementan la protección y responsabilidad en esta área consumista (Ley de 6 de julio de 1994, de responsabilidad civil por los daños causados por productos defectuosos), así como la doctrina jurisprudencial, en estos últimos años, apuntala bajo sus decisiones un sentido más de reparación del daño que un sentido moralizante. Desde el plano de la responsabilidad, partimos del capítulo octavo de la Ley General, que está dedicada a Garantías y Responsabilidades, a tenor de lo cual la reparación o indemnización de los daños y perjuicios producidos es uno de los derechos básicos de los consumidores y usuarios, pero esta situación final de esta Ley Geberal tiene que estar compartida previa delimitación objetiva y temporal con otras normas, apreciando en su iter el poder coexistir jurídicamente con aquellas normas que van en esa dirección.
