Deben los innovadores responder por las consecuencias negativas de sus descubrimientos? ¿Deben hacerlo así incluso por aquellas que nadie -ni siquiera los mejores científicos- pudo razonablemente prever que llegarían a producirse algún día? ¿Es aceptable limitar de alguna forma esta responsabilidad? ¿ Es, por ejemplo, razonable el criterio establecido por el derecho comunitario europeo, que limita cuantitativamente la responsabilidad de los agentes privados? ¿Lo es el del derecho español más reciente, que excluye toda responsabilidad si el agente de los daños es una administración pública? Este libro expone de manera sistemática la doctrina de la excepción de riesgos de desarrollo (Entwicklungsrisiken, State of the Art) en el ámbito de la responsabilidad civil del fabricante en el derecho español y a la luz o a la sombra de los ordenamientos de la República Federal de Alemania y de los Estados Unidos de América, países altamente industrializados y en los cuales la doctrina en cuestión ha sido objeto de un largo debate político, judicial y doctrinal. El libro muestra cómo las soluciones posibles pueden dejar de lado la discusión polar sobre la aceptabilidad o rechazabilidad en bloque de la excepción: los casos y los sectores afectados permiten proponer resultados distintos, como muestra la experiencia comparada más reciente.
