El Derecho internacional privado español ha vivido durante estas tres últimas décadas un período especialmente dinámico y fructífero. Su mayoría de edad como disciplina, unida a la efectiva incardinación de España en el concierto mundial de Naciones, ha permitido a nuestra disciplina abandonar la condición puramente virtual que durante tanto tiempo le acompañó, consolidándose como uno de los sectores de la ciencia jurídica más dinámicos, cambiantes y con mayor potencialidad en nuestro país. Gráficamente podríamos afirmar que todo se ha conjurado para favorecer este auténtico salto cualitativo que ha acompañado al Derecho internacional privado en estos últimos 30 años en España, y que ha conducido a la existencia hoy de una doctrina española amplia, sólida y con reconocimiento más allá de nuestras fronteras, así como de una jurisprudencia cada vez más numerosa y solvente. Esta brillante realidad actual, empero, no oculta la presencia de algunas asimetrías en el desarrollo de la disciplina, que pueden constituir el germen de ciertos problemas futuros. Dejando de lado la cuestión del relativo freno que han padecido en éste último lustro las aportaciones de una doctrina caracterizada durante mucho tiempo por su vigor y amplitud, es en el plano docente donde a nuestro entender se focalizarían algunos de esos factores que pueden incidir en el desarrollo futuro de nuestra disciplina... La enésima reforma que está padeciendo nuestra Universidad en estos momentos puede, sin embargo, servir para afrontar los mismos de forma decidida y con garantías de éxito. Los nuevos planes de estudio buscan acortar la duración de la licenciatura de Derecho, modificando drásticamente la realidad de la docencia en ella impartida. Con respecto al primer punto, la apuesta por cuatro años de docencia supone, en la práctica, una opción que a duras penas significará tres años y medio efectivos de actividad docente, a los que deberá suma